miércoles, 3 de marzo de 2010

El concubinato!

Concepto y Naturaleza Jurídica

Del latín concubinatus, comunicación o trato de un hombre con su concubina. Se refiere a la cohabitación más o menos prolongada y permanente entre un hombre y una mujer solteros, hecho lícito que produce efectos jurídicos.

Derechos Sucesorios

Los concubinos tienen derecho a heredarse recíprocamente, siempre que hayan permanecidos libres de matrimonio durante el concubinato; la mujer con quien el autor de la herencia vivió como si fuera su marido durante dos años a su muerte o con la que tuvo hijos se les pueden aplicar las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge.

Elementos Del Concubinato

· Unidad Implica que solo se puede establecerse entre un solo hombre y una sola mujer.

· Consentimiento Se fundamenta en el acuerdo de voluntades en convivir juntos como pareja, bajo el mismo techo, sin ningún impedimento para contraer nupcias.

· Perpetuidad Debe existir prolongado en el tiempo, mínimo dos años.

DISOLUCIÓN DEL CONCUBINATO

· Por la muerte de uno o ambos compañeros.

· Por el matrimonio de uno o de ambos compañeros con personas distintas de quienes forman parte de la sociedad patrimonial

· Por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes elevado a escritura pública.

· Por sentencia judicial.

http://www.slideshare.net/altair11/el-concubinato

miércoles, 16 de diciembre de 2009

bUle baR!!

Fiiesta en Bule baR...viernes por la nOche!! 18/Diciembre/2009 - 10pm
todO coatza,veR. esta invitadOos...Ladies night

DERECHOS HUMANOS

DERECHO CONJUNTO DE NORMAS JURIDICAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DEL INDIVIDUO